sábado, 16 de febrero de 2019

EL PARQUE DE LA ALHAMBRA (EN SANTA EULALIA L'HOSPITALET)


¡NO AL POLIDEPORTIVO EN EL PARQUE  ALHAMBRA!
Esta pérgola ya ha sido derruida   04/02/2019



MEMORIA
 PROYECTO DE ORDENACIÓN PARCIAL DE LA MANZANA COMPRENDIDA POR LA CALLE APRESTADORA, RIERA BLANCA (LIM), GRAN VIA AUTOVIA DE CASTELLDEFELS) Y CALLE ALHAMBRA, DE L´HOSPITALET DE LLOBREGAT. (28-07-1976).

(REFORMADO en virtud del acuerdo de la Comisión Administrativa de la CORPORACION METROPOLITANA DE BARCELONA.
La comisión Administrativa de la Corporación Metropolitana de Barcelona acordó: (14-01-de 1976.
Aprobar condicionalmente el Proyecto de Ordenación Parcial de la manzana comprendida por C/ Aprestadora, Riera Blanca, límite término de Barcelona, Gran-Vía, Autovía de Castelldefels y C/Alhambra, de L´Hospitalet de Llobregat, con las siguientes prescripciones: 1º la edificabilidad privada propuesta no rebasará la cifra de 100.000 m2 de techo edificable; la ordenación de volúmenes edificables se mantendrá separada de los lindes con fincas perimetrales un mínimo de 10 metros; 3º, la propiedad presentará una nueva ordenación de volúmenes, ajustada a los presentes extremos. 

Consecuentes con lo acordado por la C.M.B. se ha redactado en proyecto REFORMADO de la ORDENACIÓN según los planos adjuntos y las prescripciones y especificaciones contenidas en la presente MEMORIA.

La manzana definida por los límites arriba indicados se halla incluida dentro del Sector de Reforma Interior, cuyo Plan Parcial de Ordenación fue 1972, proveyéndose para dicha manzana según el referido Plan. Y en la parte Oeste de la misma, de cuya Ordenación nos ocupamos en el presente Proyecto, la zonificación 4º (Residencial Urbana Intensiva en Bloques aislados), con un coeficiente de edificabilidad de 3 m2/m2. Y Ocupación Suelo 40%, así como la ubicación de un Parque Urbano con fachada a la calle Alhambra. Posteriormente, el 29 de Marzo de 1974, se aprobó inicialmente el Plan General de Ordenación Urbana y Territorial de la Comarca de Barcelona, fijando para la parte de manzana indicada, o sea la porción comprendida entre los Cuarteles de Lepanto y la calle Alhambra en sentido Este-Oeste y la calle Aprestadora y Gran vía en el sentido Norte-Sur, la zonificación 6º (Parque Urbano) y 19º de (Desarrollo Urbano: Int.-1), así como un vial correspondiente a la red viaria básica que enlazaría con la calle Jacinto Verdaguer al otro lado de la Gran vía, con paso superior por la misma. Durante el tramite de información al público, la Corporación del Ayuntamiento de Hospitalet, redactó una propuesta de rectificación del Plan General Comarcal, que establecía para la parte estudiada de la manzana una zona 14º (de Remodelación) y un espacio destinado a dotaciones en la esquina de las calles Alhambra—Aprestadora. 
 
Ordenación parcial de la Manzana comprendida desde c/Aprestadora-Riera Blanca-Límite Barcelona. Gran-Vía Autovía Castelldefels y c/ Alhambra de L’Hospitalet.
La edificabilidad privada no rebasara los 100.000 m2 de techo, se mantendrán separados de los lindes con fincas perimetrales un mínimo de 10 m.
Ocupación de suelo 40% Plan parcial de ordenación fue aprobado por el Ministerio de la Vivienda el 27 de julio de 1972.  Así como la Ubicación de un Parque Urbano con fachada a la c/ Alhambra. Posteriormente, el 29 de marzo de 1974, se aprobó el Plan General de Ordenación Urbana y Territorial de la comarca de Barcelona.
Fijando para la parte de la manzana indicada, ósea la porción comprendida entre los Cuarteles de Lepanto y la c/Alhambra en sentido Este-Oeste y la c/Aprestadora y Gran-vía en el sentido Norte-Sur La Zonificación 6º (Parque Urbano) y 19º de desarrollo Urbano. 6º a Parques y Jardines Urbanos, actuales.

También en forma importante se destina una gran parte de la zona ordenada a Parque Urbano de uso público y zona de juegos infantiles estableciéndose un uso cultural preferente con la creación de otra escuela E.G.B. además de la ya existente y la posibilidad de un centro deportivo-recreativo en la parte Norte de la manzana, se destina a dicho uso público la superficie de 30.626 m2 que representa un 65% aproximadamente del total de la manzana.

La proyección ciudadana del conjunto que ordenamos será muy importante y trascenderá sin duda alguna a un amplio sector ciudadano.

Los sectores o barriadas de Santa Eulalia y Gran-Vía Sur congestionados en su mayor parte, verán aliviada de esa forma su problema de esparcimiento mediante el amplio Parque que proponemos. (Viviendas 744 en la zona edificable, numero de m2. Edificados en viviendas 74.290,92 m2). El resto de la zona destinada a uso público comprenderá un amplio Parque Urbano, aprovechando la arboleda existente, que dará fachada a la c/Alhambra con una importante plaza o ágora pública que terminará mediante una zona de juegos infantiles con acceso desde la Gran-vía. Se aprovechará la esquina a las calles Gran-vía Alhambra para la instalación de una fuente luminosa monumental.
En estos momentos el parque cuenta con 150 árboles, de diferentes especies. Que absorben 947.992 kg de C02 al año.
A DOS pérgolas una fuente y unos juegos infantiles además de un templete, una de las pérgolas ha sido derruida el día 02/02/2019, y la segunda pérgola la han derribado el 04/02/2019 por mandato del Ayuntamiento en vez de restaurarla no se les ocurre otra idea mejor, que meter una máquina y tirarla al suelo y adiós muy buenas. Y con ella todas las plantas que cubrían dicha pérgola, esto es lo que mejor sabe hacer este Ayuntamiento de L’Hospitalet. Cualquier vecino o cualquier persona con un mínimo de conciencia ecológica, jardinera, o medio ambientalista, que se pare a reflexionar sobre la forma de actuar de este Ayuntamiento o entra en cólera o piensa que poca o ninguna sensibilidad tienen las personas que han mandado destruir estas dos pérgolas. Porque no tiene desperdicio no se paran a mirar, que hacer, sino que se ve que el patrimonio que es de la ciudad y pertenece a la ciudad y ellos son simplemente gestores, que debían velar por la buena gestión de lo público, es decir hacer revisiones periódicas del mobiliario urbano a si como del cuidado de todos los vegetales, porque los árboles también necesitan cuidado, revisión anual y limpieza de las ramas secas, entresacado de todas las ramas que se entrecruzan, para que con el roce no se acaben rompiendo y puedan caer y hacer daño a personas o animales que puedan estar  por el parque,    y como parece que ellos no lo pagan sino que cobran de lo público y la mejor manera para ellos debe ser   me avisan que hay algo mal voy y lo destruyo y pongo un cartel diciendo que aquel elemento tiene riesgo de caída y puede hacer daño a personas o animales y se quedan tan anchos. MENTIRA, MENTIRA y MENTIRA, NO ERA NECESARIO DERRUIRLA SINO RESTAURARLA.

Y una fuente luminosa, que lo más seguro correrá la misma suerte que las pérgolas y así allanar el camino a la destrucción de la mitad del Parque para hacer un POLIDEPORTIVO, yo propondría una comisión de vecinos y hacer una denuncia popular al JUZGADO y obligarles a reponer las pérgolas vandalizadas por el Ayuntamiento y además denunciar el daño ecológico que causarían a los vecinos y vecinas de Santa Eulalia y en mayor medida a los vecinos del barrio. SI CONSTRUYEN EN EL PARQUE ALHAMBRA EL DICHOSO POLIDEPORTIVO.  

Los vecinos no nos oponemos a que se construya, pero en GASOMETRO que es donde hace 25 años estava proyectado y previsto hacerlo.

El jardín es la expresión de estrecha relación entre la civilización y la naturaleza, lugar de delectación, propicio a la meditación o al ensueño: el jardín toma así el sentido cósmico de una imagen idealizada del mundo un “paraíso” en el sentido etimológico del termino, pero que lleva el testimonio de una cultura, de un estilo, y una época y eventualmente de la originalidad de un creador.
Toda operación de mantenimiento, de conservación, restauración o restitución de un jardín o de una de sus partes debe tener en cuenta simultáneamente todos sus elementos.

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